DECRETO SUPREMO 116-2020 AMPLIAN EL ESTADO DE EMERGENCIA DEL 1 DE JULIO HASTA EL 31 DE JULIO DEL 2020
El día de hoy viernes 26 de junio, el Gobierno amplío el Estado de Emergencia Nacional desde el 1 al 31 de julio por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la pandemia por el nuevo coronavirus.
Con Decreto Supremo 116-2020-PCM publicado de manera extraordinaria en el diario oficial El Peruano, se disponen nuevas reglas para aplicar el aislamiento social obligatorio (cuarentena) y la inmovilización social obligatoria (toque de queda), que serán focalizados por regiones y por grupos de riesgo.
- El Estado de emergencia en todo el territorio nacional se amplía hasta el 31 de julio del 2020.
- La cuarentena se termina el 30 de junio, pero se mantendrá en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
- TOQUE DE QUEDA:
- Inmovilización social obligatoria en todo el país desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo.
- En los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, la inmovilización social obligatoria será desde las 20:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y el día domingo, la inmovilización social obligatoria será todo el día.
- Durante el toque de queda, podrá circular el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
- A nivel nacional y sin excepciones, los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años, así como las personas en grupos de riesgo, como adultos mayores de 65 años y las personas que presenten comorbilidades conforme lo determina la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán continuar en aislamiento social obligatorio (cuarentena).
Vigencia:
El presente decreto supremo entra en vigencia a partir del 1 de julio del 2020
Alberto Lei Santa Gadea – Gerente General