OFICIO N° 091 – 2020 – MINCETUR/VMCE

Autor Apacit
Categoría:

Operaciones de comercio exterior durante el Estado de Emergencia Nacional

En relación a la difícil coyuntura que atraviesa nuestro país como consecuencia de la propagación del COVID-19, habiéndose tenido que prorrogar el Estado de Emergencia nacional hasta el 12 de abril del presente año.

En ese sentido, considerando que muchas de las operaciones de los importadores y exportadores han sido interrumpidas por causas ajenas a su voluntad, exhortamos a sus asociados, a través suyo, a adoptar medidas temporales de flexibilización de sus políticas comerciales y costos por conceptos vinculados al almacenaje, estadías, uso de áreas y costos operativos relacionados con la operación portuaria. De igual manera, exhortamos a sus asociados a hacer uso en sus procesos administrativos (la obtención del mandato, vistos buenos y pagos pertinentes, por ejemplo), de la tecnología u otros medios electrónicos disponibles, a fin de reducir al mínimo indispensable los trámites presenciales en sus operaciones y, por ende, la posibilidad de contagios por COVID-19.